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La homologación de vehículos con piezas de sustitución

En muchas ocasiones, como usuarios, nos vemos obligados a cambiar alguna pieza de nuestro vehículo. En algunos casos, debido a una avería o un golpe y en otros simplemente por el simple uso del mismo. Se trate o no de un cambio importante o no, tras la sustitución se deben pasar los trámites de homologación del vehículo. Aquí te explicamos cómo se realiza la homologación de vehículos con piezas de sustitución.

¿Qué es una homologación de un vehículo?

La homologación de cualquier vehículo viene tipificada en el Manual de Reforma en Vehículos, del Real Decreto 866/2010 sobre la reforma de los vehículos. Con esta reforma se considera como tal cualquier modificación que se produzca en el vehículo sea cual sea la importancia de la misma. Se considera reforma ya sea la incorporación de una pieza, supresión o sustitución o actuación que incida en las características del vehículo tras su matriculación. También se considera modificación cualquier cambio que afecte a la tarjeta de ITV del coche.

En estos casos las modificaciones sufridas en el vehículo obligan a cumplir una serie de requisitos como son:

  1. Tramitar la reforma correspondiente
  2. Pasar una inspección técnica que dé el visto bueno para poder circular por cualquier vía
  3. Cumplimentando toda la documentación requerida

Estas homologaciones no se refieren al tunning exclusivamente, que es en la mayoría de los casos de índole estética, sino que va más allá, puesto que a reformas pequeñas, que son las que se hacen de manera doméstica, también afectan. En ese sentido, si lo que se ha hecho es adaptar un coche para la competición, no solo hay que pasar con éxito las pruebas para la homologación, sino que el conductor también tiene que disponer de la documentación y licencia correspondiente, para que el coche pueda circular. Deberá cumplir al cien por cien con el RGC.

He cambiado piezas de mi vehículo y no lo he homologado, ¿cómo lo hago?

Según la ITV dependiendo de lo que quiera homologar, pueden solicitarle diferentes documentaciones. No todos los requerimientos son necesarios en todos los casos, pero dependen de la reforma efectuada:

  • Marca y referencia de las piezas que se hayan añadido así como otras características técnicas como pueden ser peso, tipo de tornillos etc.
  • Informe de conformidad con el visado de un laboratorio autorizado por industria.
  • Proyecto técnico visado por el colegio de ingenieros.
  • Informe del taller que haya realizado las reformas.
  • Fotos del vehículo.
  • Otros requisitos específicos para cada reforma.

Los documentos más solicitados a la hora de certificar una homologación, por nuestra experiencia son:

  1. Proyecto técnico y certificación final de obra. Hay que elaborar un informe que detalle completamente el objeto de la reforma, quién la hace, sobre qué vehículo… Esto no es necesario si la reforma que se hace tiene como resultado un tipo homologado
  2. Certificado de final de final de obra
  3. Informe de conformidad. Si implica varias reformas cada una estará identificada con un código que se detalle
  4. Certificado del taller

El encargado de ratificar los posibles cambios que se hayan producido en el vehículo y al que hay que presentar la documentación correspondiente es la, anteriormente citada, Inspección Técnica de Vehículos (ITV), que se encarga de certificar las modificaciones en los vehículos, así como revisar y dar conformidad para que los vehículos puedan circular.

Así mismo, todas la modificaciones y cambios que puede sufrir un vehículo están recogidas en el Manual de Reforma de Vehículos y entre ellos se encuentra la carrocería, la transmisión, los ejes, ruedas, dispositivos completos o parciales de luz y señalización, así como los frenos o la dirección entre otros muchos. Un cambio que no está considerado como reforma del vehículo es por ejemplo el tapizado en otro color del coche.

¿Qué tipo de reformas en mi coche necesitan homologación?

Estos son los tipos de reformas posibles según Autonoción:

  1. Identificación. Por ejemplo las sustitución total o parcial del bastidor o de la estructura autoportante cuando la que se sustituye es la parte que lleva grabado el número de identificación; el cambio de emplazamiento de la plaza de matrícula; el retroquelado.
  2. Unidad motriz. Por ejemplo la modificación o sustitución de los elementos del sistema de admisión, del sistema de alimentación, de la unidad motriz; cambios en el sistema de escape; cualquier modificación en el depósito de combustible; cualquier modificación en la centralita…
  3. Transmisión. La modificación del sistema de embrague, de la caja de cambios o modificar el número de ejes motrices, entre otras cosas.
  4. Ejes y ruedas.Modificar el número de ejes, la distancia entre los mismos, o montar neumáticos no equivalentes.
  5. Suspensión. Cualquier modificación en las suspensiones o en sus elementos elásticos.
  6. Dirección. Modificación del sistema de dirección, del emplazamiento del volante, la sustitución del volante por otro,…
  7. Frenos. Cambiar las características del sistema de frenado, instalar o desinstalar sistemas auxiliares de absorción de energía cinética o modificar los mandos de freno y su ubicación, entre otras cosas.
  8. Carrocería. El apartado más extenso en complejidad y variedad de condiciones como, entre muchas otras: cambios en los asientos, en los cinturones de seguridad, acondicionamiento de espacio para la instalación de sillas de ruedas, modificaciones de la carrocería…
  9. Dispositivos de alumbrado y señalización. Aquí entra cualquier modificación o sustitución.
  10. Uniones entre vehículos tractores y sus remolques o semirremolques.
  11. Modificaciones de los datos que aparecen en la tarjeta de ITV.Por ejemplo la variación de la MMA o la modificación del vehículo para competición.

Tras la revisión por parte de la Inspección Técnica de Vehículos se modificarán los datos que aparecen en la tarjeta de la ITV. Así mismo, todas las piezas que se han sustituido han de provenir de un Centro de Tratamiento Autorizado ya que de otra manera sería ilegal y podría ser que no pasara la homologación. Aquí te dejamos todos los detalles sobre la nueva Ley de recambios y repuestos.

Si has adquirido una pieza a través de un CAT y la has incorporado a tu vehículo, sería conveniente que pasara cuanto antes la ITV para poder homologarla correctamente.

Aunque la reforma que hagamos a nuestro coche parezca mínima o sin importancia, hay que homologarla para circular dentro de la legalidad y más tarde no tener problemas. Los trámites para poder homologar una pieza de sustitución en nuestro coche no son difíciles ni tampoco engorrosos una vez se tiene conocimiento de ellos y en la mayoría de los talleres lo ponen a disposición del usuario.

Si quieres adquirir alguna pieza para sustitución de alguna que tengas en mal estado, ponte en contacto con nosotros. Disponemos de un amplio stock en coches para poder ayudarte. Siempre con el mejor precio posible. Para más información puedes contactar con nosotros en el 926611732, visitándonos en nuestro centro en Manzanares o a través del mail hola@reydeman.com

Estaremos encantados de colaborar contigo.